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NUEVA DECLARACIÓN ANUAL DE ALQUILERES A CORTO PLAZO EN ESPAÑA

NUEVA DECLARACIÓN ANUAL DE ALQUILERES A CORTO PLAZO EN ESPAÑA
27 ene

Nueva Declaración Anual de Alquileres a Corto Plazo en España: Lo que los propietarios con NRUA deben saber

Todos los propietarios con un Número de Registro Único de Alquiler (NRUA) en España han recibido recientemente una comunicación oficial del Colegio de Registradores. Este correo recuerda a los arrendadores la obligación de presentar una nueva declaración informativa anual para alquileres de corta duración, en cumplimiento con las últimas normativas.

¿Qué es el NRUA y por qué esta declaración?

El NRUA es el número asignado a las propiedades alquiladas a corto plazo. Según el Real Decreto 1312/2024 y la Orden VAU/1560/2025, los propietarios deben presentar una declaración anual sobre la actividad del año anterior.

¿Cómo y cuándo presentarla?

Presentación electrónica: Del 1 de febrero al 2 de marzo a través de la Sede Electrónica oficial (requiere firma electrónica).

Presentación física: Desde el 2 de febrero en ventanilla, previa cumplimentación electrónica en el programa N2.

Importante: No presentarla puede suponer la retirada del NRUA.

Soporte y Seguridad

Documentación y descargas (desde el 31 de enero).

RegIA ChatBot para consultas.

Aviso: El Colegio nunca solicitará datos bancarios o contraseñas por email o SMS.

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